¿Cómo se debe interpretar la realidad nacional?
Si algún organismo nacional o internacional publica, dentro del derecho constitucional que le asiste de hacer control social y político al gobierno y afirma cosas como : “Al menos 1.608 mujeres murieron en Colombia desde el 2002 hasta junio pasado a causa de la violencia sociopolítica”, tendremos a un presidente y un vicepresidente enfurecidos. Ambos se colocan el retrovisor y comienzan a hacer afirmaciones como las de que en el Gobierno de Samper o el Gobierno de Gaviria tal o cual cosa, que los paramilitares no lo fueron tanto, pero que la guerrilla más allá o más acá, que el Polo Democrático o que el Partido Liberal. No son capaces asumir sin buscar a quien responsabilizar de la realidad nacional.
De acuerdo con un documento promulgado por la "Mesa de Trabajo Mujer y Conflicto Armado", en la que participan decenas de organizaciones sociales, de derechos humanos, nacionales e internacionales se destaca que del total, 233 mujeres murieron "en medio de combates" y 1.375 "fuera de combate", es decir en la casa, en la calle o en su lugar de trabajo; 1.319 murieron "por ejecución extrajudicial u homicidio político", 63 "por homicidio contra mujeres socialmente marginadas" y 173 "fueron desaparecidas forzosamente".Sobre las 783 víctimas de violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, el 63,48% se atribuyó al Estado…"
Frente a esto llaman la atención frases presidenciales como “Desde los albores de la República, Colombia ha enriquecido mucho la vida constitucional. Una característica que denota la personalidad colombiana es nuestra gran sensibilidad popular por el texto constitucional. Diría yo que la Constitución del 91 no cayó como un cuerpo extraño, ajeno, ni como una improvisación en la vida colombiana…Creo que somos uno de los países en donde se ha presentado mayor cercanía entre la ciudadanía y el texto constitucional…” El mismo presidente destaca y califica como “grandes temas” los relativos a los Derechos Fundamentales, Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario. ¿Cómo de debe interpretar la realidad nacional?






